Términos y Condiciones Generales Brilla
Brilla opera como medio de financiación no bancario. El plazo máximo depende del producto a financiar, y es responsabilidad del consumidor determinar las condiciones de financiación. Los intereses de crédito son liquidados con la tasa máxima de financiación vigente al momento de la utilización del crédito y es definida por la Superfinanciera de forma mensual. Aplica para todos los usuarios EFIGAS GAS NATURAL SA ESP en todos los municipios de cobertura para la prestación del servicio de distribución de gas natural. El cupo hasta por $8.000.000, está sujeto a aprobación y aplica para las líneas autorizadas del portafolio, excepto crédito educativo en los departamentos de Caldas y Risaralda. Para los titulares/suscriptores ubicados en el departamento de Quindio el valor del Cupo Brilla tiene un tope de hasta $10.000.000. Megacupo hasta por $20.000.000, está sujeto a aprobación y aplica exclusivamente para financiar motos, motocarros o motocargueros. El Cupo de hasta $8.000.000 y Megacupo no son acumulables. Para acceder al cupo de crédito Brilla, Efigas Gas Natural S.A. E.S.P. aplicará a todos los usuarios un “Valor de Cobertura de Acceso”, el cual busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones de pago, y proteger el patrimonio de ambas partes. Vigilado Superservicio.
*Para los departamentos de Caldas y Risaralda, en las campañas de Tu sede Brilla y Aniversario Brilla que estará vigente desde el 3 de junio hasta el 2 de septiembre del 2026 tendremos disponible Extracupo de $1.000.000 que aplica para todas las líneas del portafolio, excepto educación y movilidad, para este último aplica el Megacupo.
¿QUÉ ES EL VALOR DE COBERTURA DE
ACCESO Y CUÁL ES SU PRECIO?
¿QUÉ ES?
¿CUÁL ES EL PRECIO?
Fórmula de cálculo:
Precio = (Tasa vigente x Valor financiado) / Plazo por defecto definido por
EFIGAS S.A. E.S.P.
Tasas vigentes:
• Si el deudor es titular de la factura del servicio de gas natural
(suscriptor): 3,36% + IVA
• Si el deudor no es titular de la factura y presenta un codeudor
(según las políticas del programa Brilla): 3,36% +
IVA
Plazos por defecto:
• Para créditos hasta $4.000.000: 6 meses
• Para créditos superiores a $4.000.000: 12
meses
Nota: Si el cliente define un plazo inferior al plazo por
defecto, el valor de la cobertura será cobrado en el número de
cuotas pactado en el crédito Brilla.
GARANTÍA DE FIANZA
(Aplicable únicamente para créditos firmados hasta noviembre de
2024)
En caso de que el cliente haya seleccionado voluntariamente como fiador a la
COMPAÑÍA INTERAMERICANA DE FIANZAS S.A. (AFIANCOL COLOMBIA
S.A.), el valor de la fianza será cobrado en el
número de cuotas pactadas en el crédito Brilla, según lo
acordado entre el deudor y EFIGAS S.A. E.S.P. y conforme a la
tasa vigente en el momento de la firma del crédito.
Fórmula de cálculo:
Precio de la fianza = (Tasa de fianza x Valor financiado) / Número de
cuotas pactadas
Tasas de afianzamiento vigentes hasta noviembre de 2024:
Precio de la fianza = (Tasa de fianza x Valor financiado) / Número de
cuotas pactadas
Tasa de fianza
| Plazo del Crédito (en meses) | Tasa Afianzamiento sin IVA | Tasa Afianzamiento con IVA |
| Hasta 6 | 0,036 | 0,0428 |
| Hasta 12 | 0,07 | 0,0833 |
| Hasta 24 | 0,105 | 0,125 |
| Hasta 36 | 0,14 | 0,1666 |
| Hasta 48 | 0,175 | 0,2083 |
| Hasta 60 | 0,209 | 0,2487 |
Los usuarios de Efigas S.A. E.S.P. podrán acceder a un Cupo Agrandado o Megacupo, otorgado por un modelo de consulta y evaluación en línea al momento de realizar sus créditos.
*Cupo Agrandado y Megacupo no son acumulables.
Para los usuarios titulares del servicio
de gas:
* El cupo disponible se puede agrandar hasta $20.000.000 millones (Megacupo)
para financiar exclusivamente motos, motocarros y/o motocargueros.
* El cupo disponible se puede agrandar hasta $8.000.000 millones (Cupo
Agrandado) para el resto de las categorías de los productos y servicios
aprobados, con excepción de Educación.
Para todos los usuarios NO titulares del
servicio de gas, independientemente del Departamento o localidad en la que
estén ubicados, el cupo siempre se evalúa en línea al
momento de tomar el crédito en los puntos de venta de los aliados de
Brilla, y el valor otorgado podrá llegar:
* Hasta $8.000.000 millones para financiar motos, motocarros y/o
motocargueros.
* Hasta $4.000.000 millones para financiar el resto de las categorías de
productos y servicios aprobados.
Términos y Condiciones:
“Megacupo” y “Cupo Agrandado” son otorgados mediante un modelo de evaluación en línea con las siguientes condiciones:
- Aplica la Política de Brilla vigente al momento
de hacer el crédito.
- Cupo Agrandado y Megacupo no son acumulables.
- En los créditos en los que se requiera codeudor, se exigirá que
éste sea un codeudor titular de su servicio de gas, mayor de 18
años y menor de 76 años, que deberá aportar como soporte
los mismos documentos que exige la Política de Brilla vigente al momento
de hacer el crédito: dos facturas originales de gas natural -la
última y otra no mayor a seis meses-, y fotocopia de su documento de
identificación ampliada en un 150%.
- El plazo máximo de financiación es de 60 meses, y
dependerá del producto y/o servicio a financiar.
- Los intereses del crédito son liquidados con la tasa máxima de
financiación vigente al momento de la facturación del
crédito. La tasa es definida mensualmente por la Superfinanciera.
- Megacupo y cupo agrandado opera en todos los Departamentos en los que Brilla
Efigas tiene cobertura (Caldas, Quindío y Risaralda)
Consideraciones y Restricciones del Modelo de Evaluación:
- El modelo de evaluación en línea consulta
variables internas (de Efigas) como también puede consultar variables
externas (reportes en centrales de riesgo). Esto aplica para todos los usuarios
del servicio de gas, sin importar que sean titulares o no.
- El deudor que va a adquirir el crédito deberá tener su Cupo
Brilla asignado (activo).
- La evaluación tendrá en cuenta el cupo utilizado del deudor y
del predio que va a quedar asociado al crédito: Cupo máximo a
otorgar = Cupo Agrandado/Megacupo – Cupo utilizado del deudor en otros
predios/contratos – Cupo utilizado del predio/contrato que va a quedar
asociado al crédito. Por lo anterior, en todas las evaluaciones se
solicitará el No. de documento de identificación del deudor,
así como el No. de contrato del servicio de gas al que quedará
asociado el crédito.
- Para alcanzar los topes de cupo establecidos, el deudor que va a adquirir el
crédito deberá contar con la disponibilidad total de su cupo
asignado.
- Los resultados de las evaluaciones no son fijos en el tiempo, por lo tanto,
los resultados podrán variar entre una consulta y otra.
- En los casos en que se requiera un codeudor, se exigirá que a este
codeudor también se le realice la misma evaluación en línea
que al deudor. Como van a existir dos resultados, el sistema de
información de Efigas tomará como cupo máximo a otorgar el
menor valor, entre la evaluación del deudor y la del codeudor.
- En los casos en que la evaluación que prime al momento del
crédito arroje un cupo a otorgar igual a cero (0) o menor al cupo
disponible del deudor que va a adquirir el crédito, éste
último podrá utilizar su cupo disponible de manera normal, bajo
las políticas actuales de Brilla y sin importar los resultados de las
evaluaciones. Nota: Esto último solo aplica para los usuarios titulares
del servicio de gas, ya que los usuarios no titulares únicamente cuentan
con el cupo que arroje la evaluación al momento de realizar el
crédito.
- Aplican las demás políticas del Programa de Financiación
No Bancaria Brilla de Efigas S.A. E.S.P.
Consideraciones y Restricciones de la categoría “Motos”:
- Solo se solicitará la pignoración de la
moto para los usuarios no titulares del servicio de gas.
- Si el titular de la moto es un tercero distinto al deudor del crédito,
el tercero deberá firmar como codeudor de éste.
- Todas las motos que se financien con el Programa Brilla Efigas deberán
tener los soportes del trámite o pago de su SOAT y
matrícula.
- La financiación se debitará mensualmente en la factura de
gas.
- El uso del cupo es rotativo: conforme pagues cuotas, el monto se libera para
uso futuro.
No olvides visitar y conocer nuestros almacenes aliados, para que con tu
crédito Brilla adquieras los mejores productos y servicios para tu
familia.
El Programa de Financiación No Bancaria Brilla de Efigas S.A. E.S.P. se reserva el derecho a modificar en cualquier momento estos términos y condiciones.
DINÁMICA “CUOTA GRATIS 2026”
Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., persona jurídica identificada con NIT 800.202.395-3, con domicilio principal en la Avenida Kevin Ángel No. 70-70 de la ciudad de Manizales, Caldas (en adelante, "EFIGAS" o la "Compañía"), crea la dinámica “CUOTA GRATIS” para entregar setenta (70) cuotas gratis hasta por COP$150.000 entre los usuarios residenciales del servicio de gas de los municipios de los departamentos de Caldas, Quindío y Risaralda donde tiene cobertura el programa de Financiación No Bancaria Brilla ejecutado por Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., distribuidas una a una para cada uno de los 70 ganadores, para quienes utilicen su crédito Brilla entre el 24 de julio al 18 de agosto de 2026 en los aliados comerciales inscritos al programa y cumplan cada uno de los términos y condiciones establecidos en este documento.
Entidad responsable: Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., persona jurídica identificada con NIT 800.202.395-3, con domicilio principal en la Avenida Kevin Ángel No. 70-70 de la ciudad de Manizales, Caldas, y dirección electrónica para notificaciones ventanillaunica@efigas.com.co.
Aliados participantes: Para esta dinámica, participan todos los aliados comerciales inscritos al programa Brilla.
Dinámica: Utilizar el crédito Brilla durante la vigencia de la campaña.
Área de cobertura de la dinámica: Aplica en todos los municipios de los departamentos de Caldas, Quindío y Risaralda donde tiene cobertura el programa de Financiación No Bancaria Brilla ejecutado por Efigas Gas Natural S.A. E.S.P.
Vigencia de la dinámica: Iniciará el (24) veinticuatro de julio de 2026 (0:00:00 am hora de Colombia) y finalizará el (18) dieciocho de agosto de 2026 (23:59:59 pm hora de Colombia), en adelante la VIGENCIA o hasta agotar existencias.
Objetivo de la dinámica: Incentivar e incrementar el uso del cupo aprobado Brilla entre los usuarios de los departamentos de Caldas, Quindío y Risaralda.
Requisitos habilitantes: Podrán participar en la presente dinámica quienes cumplan con los siguientes requisitos:
Los usuarios de Efigas Gas Natural S.A. E.S.P. que cumplan con los requisitos habilitantes, quedarán inscritos automáticamente para participar en la dinámica.
Exclusiones: No pueden participar empleados / funcionarios / prestadores de servicio de Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., ni de sus contratistas o aliados comerciales, y/o sus familiares directos (cónyuges, hermanos, padres, hijos, abuelos y nietos) o aquellas personas que residan en el mismo inmueble de dichos individuos independientemente de su relación de parentesco.
Procedimiento para escoger a los posibles ganadores:
Para conocer a los posibles ganadores, un funcionario del equipo de mercadeo Brilla FNB solicitará al funcionario de soporte en data los cortes de las ventas semanales para hacer seguimiento e identificación de los clientes de la siguiente manera:
Se llevará el control del número de ventas cerradas en el sistema de información Brilla de Efigas y un funcionario de Efigas descargará el listado de las financiaciones de los usuarios que cumplan todas las condiciones establecidas en este documento. De esa manera se hará la selección, de forma no aleatoria, de los ganadores. El listado llevará un orden por fecha de registro en día/hora/minuto. Iniciando con las ventas a partir del día 24/07/2026 00:00 a.m y las últimas ventas al día de cierre serán las ventas con fecha hasta 18/08/2026 11:59 p.m. Las ventas deberán estar en estado cerrado en el sistema comercial Brilla.
En total serán setenta (70) ganadores distribuidos de la siguiente manera: Los números de ventas que serán posibles ganadores son #10, #30, #50, #70, #90, #110, #130 y así sucesivamente de 20 en 20.
*En el caso de que el cliente no cumpla, los números de ventas de los suplentes son: #11, #31, #51, #71; se sumará 1 al listado de clientes validando que cumpla con las condiciones, si no cumple se sigue con la siguiente serie que se venía contando inicialmente de 20 en 20. Ejemplo: se selecciona cliente #10, no cumple condiciones por monto, se selecciona cliente #11, no cumple condiciones, se continúa seleccionando cliente #30, cliente cumple condiciones y gana.
Cada posible ganador será contactado al número de teléfono registrado en los documentos soporte de su financiación hasta dentro de los 3 días después de que es escogido como posible ganador. Será llamado por una persona designada por Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., para informarle que es un posible ganador de la dinámica “Cuota Gratis” y las condiciones en las que recibirá el premio. Los usuarios ganadores deben contestar la llamada que un funcionario de Efigas Gas Natural S.A. E.S.P. realizará con el fin de entregarles toda la información de la dinámica, y aceptar las condiciones del premio.
Se realizarán hasta tres (3) intentos de contacto para comunicarse con el usuario ganador dentro del plazo establecido en este documento. En caso de que no conteste o el número de contacto se encuentre apagado, terminado el plazo se procederá a contactar en el mismo orden que fueron escogidos, el suplente del posible ganador bajo las mismas condiciones de contacto del posible ganador principal. Se dejará constancia en un acta de todas las llamadas realizadas de quienes contestan y quienes no.
Si los posibles ganadores cumplen con todos los requisitos expuestos, se convierten en ganadores. Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., dejará constancia de las llamadas realizadas y un correo electrónico de confirmación de que es el ganador.
Premios: Setenta (70) cuotas gratis hasta por COP$150.000:
Canales de comunicación de la campaña: La presente campaña se dará a conocer a través de los diferentes canales de comunicación:
Condiciones y restricciones:
Autorización para el tratamiento de datos: Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., persona jurídica identificada con NIT 800.202.395-3, con domicilio principal en la Avenida Kevin Ángel No. 70-70 de la ciudad de Manizales, Caldas, y dirección electrónica ventanillaunica@efigas.com.co, actúa como Responsable del Tratamiento de los datos personales de los participantes de la presente dinámica, de conformidad con la Ley 1581 de 2012, el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 (Capítulo 25) y la "Política de Tratamiento de la Información y Datos Personales" de EFIGAS (Código PL-LG-80), disponible para consulta en la página web www.efigas.com.co.
La participación en la dinámica implica la autorización previa, expresa e informada del Titular para el Tratamiento de sus datos personales, con las siguientes finalidades específicas, sin perjuicio de las demás finalidades generales descritas en la referida Política:
Los Titulares podrán ejercer en todo momento sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a revocar la presente autorización, a través del Área de Servicio al Cliente de EFIGAS, en el domicilio principal antes señalado, en cualquiera de sus oficinas ubicadas en los departamentos de Caldas, Quindío y Risaralda, en la línea 6068983222, en el correo electrónico ventanillaunica@efigas.com.co, o en la página web www.efigas.com.co, en los términos previstos en la Política de Tratamiento de la Información y Datos Personales de EFIGAS.
Líneas y sitios de atención al cliente: Si los participantes desean obtener más información sobre esta dinámica, podrán comunicarse con la oficina de Brilla en Efigas Gas Natural S.A. E.S.P., a través de cualquiera de los canales de contacto que la empresa tiene destinados para tal fin, o consultar en la página web www.brilladeefigas.com.
Idioma y entendimiento: Este documento es de total comprensión, entera aceptación por parte de los participantes y está escrito y redactado en idioma castellano.
Manizales, Caldas. Colombia.
Av. Kevin Ángel #70-70.
Pereira, Risaralda. Colombia.
Av. 30 de agosto 32 B-41.
Armenia, Quindío. Colombia
Calle 15 Norte No. 12-34.